Auto Supremo AS/0554/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0554/2019

Fecha: 08-Oct-2019

Asimismo sobre el caso, es necesario considerar que la carga de la prueba no se

Asimismo sobre el caso, es necesario considerar que la carga de la prueba no se tiene por cumplida con la presentación de algún medio probatorio, sino que el mismo debe generar en el juzgador el convencimiento de lo que se pretende probar, más aún si consideramos la aplicación de art. 158 del CPT, en cuya aplicación se establece que el juez no está sujeto a la tarifa legal de pruebas, teniendo la libertad de formar el convencimiento conforme a las pruebas que le son proporcionadas, sin que ello conlleve que una de las partes considere que la valoración es errónea, porque la valoración probatoria conllevara la inconformidad de la parte perdidosa, aspecto que no significa que por ello se encuentre mal valorada