Resolución del caso concreto
Resolución del caso concreto:
Inicialmente el Recurso de Casación manifiesta que en aplicación de los arts. 66 y 150 del CPT., la demandante-trabajadora, no ha cumplido con la obligación de demostrar sus pretensiones, mas allá de la inversión de la prueba, expresión que denota una interpretación errónea de la demandada en cuanto a la aplicación normativa, ya que los citados artículos otorgan la carga de la prueba justamente a la demandada en calidad de empleadora, quien debe demostrar que los hechos no acontecieron como lo alegó la trabajadora, esto conforme ya fue expuesto en la doctrina aplicable al caso
Inicialmente el Recurso de Casación manifiesta que en aplicación de los arts. 66 y 150 del CPT., la demandante-trabajadora, no ha cumplido con la obligación de demostrar sus pretensiones, mas allá de la inversión de la prueba, expresión que denota una interpretación errónea de la demandada en cuanto a la aplicación normativa, ya que los citados artículos otorgan la carga de la prueba justamente a la demandada en calidad de empleadora, quien debe demostrar que los hechos no acontecieron como lo alegó la trabajadora, esto conforme ya fue expuesto en la doctrina aplicable al caso
- I.-ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Interpuesto el recurso de apelación por Giovanna Hinojosa Claure, por escrito de fs
- II.- RECURSO DE CASACIÓN Y ADMISIÓN
- Que la actora no habría cumplido con la carga de la prueba establecido en el
- No se ha considerado el art
- Manifiesta que se habría dispuesto erróneamente el pago de 2 meses de servicio, cuando correspondía
- Petitorio
- Contestación al recurso
- Manifiesta que el Auto de Vista impugnado se encontraría dentro de lo establecido en el
- Con relación al excesivo proteccionismo aplicado, refiere que, olvida la demandada que al tratarse de
- Considera que la exposición realizado en el Auto de Vista es suficiente para rebatir los
- En este entendido continuando con la exposición del Auto Supremo referido, señala
- Conforme a lo expuesto se debe entender que la carga de la prueba corresponde al
- Conforme a lo expuesto, se advierte que dentro un proceso laboral la carga de la
- Resolución del caso concreto
- Asimismo sobre el caso, es necesario considerar que la carga de la prueba no se
- La norma citada debe ser entendida desde lo expuesto en el art
- Conforme a lo expuesto, al encontrarse valorada la prueba conforme a la normativa legal aplicable
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Se regula el honorario del abogado patrocinante de la actora en Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
