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    Auto Supremo AS/0576/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0576/2019

    Fecha: 08-Oct-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Tramitado el proceso laboral para el pago de beneficios sociales y otros derechos, el Juez
    • Interpuesto el recurso de apelación por la Empresa de Transporte y Turismo “LOR-LAN” (fs
    • Marcelo Landeau Orsini en representación de la Empresa de Trasporte y Turismo “LOR-LAN”, interpone recurso
    • b) Las cartas que adjunta el demandante a su pretensión, no fueron presentadas a la
    • c) La proforma de Finiquito se elabora con base a mentiras del demandante, inobservando el
    • a) Contiene incorrecta valoración de las pruebas presentadas a fs
    • Petitorio
    • En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
    • La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Opinión Consultiva OC-16/99 de 1 de octubre
    • El art
    • En cuanto a la pertinencia de la resolución que se pronuncie en apelación o en
    • Sobre el principio de congruencia, la Sentencia Constitucional 0486/2010-R de 5 de julio, establece que:
    • Los arts
    • De ello se infiere que la nulidad de oficio se encuentra vinculada a las infracciones
    • En ese contexto, la excepción a dicha regla de invocación de las nulidades y anulabilidades,
    • Manuel Osorio entiende por nulidad: “La ineficacia de un acto jurídico como consecuencia de carecer
    • La controversia en el presente caso, radica en determinar si el Auto de Vista Nº
    • El Auto de Vista Nº 12 de 29 de enero de 2019, contiene una motivación
    • Pese a ello, de la revisión del recurso de apelación del demandado, cursante de fs
    • b) No correspondía admitir la demanda y el Auto de admisión resulta nulo de pleno
    • c) Las cartas adjuntas por el demandante, de solicitud de cumplimiento del pago de vacaciones
    • d) Los cheques adjuntos y no cobrados, por confesión del mismo demandante, no pueden hacer
    • Los puntos detallados están directamente vinculados a: la determinación del tiempo de trabajo del demandante
    • En consecuencia, efectivamente existe vulneración del derecho al debido proceso en su elemento defensa, motivación,
    • En el caso de autos, habiéndose verificado la existencia de nulidad de obrados por vulneración
    • Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos precedentemente, se concluye que, al ser
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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