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2.- El recurso identifica la resolución recurrida, Auto de Vista N° 85 / 19 de 18 de junio de 2019, cursante de fs. 63 a 64, cumpliendo el art. 274.I.2 del citado adjetivo civil
- El Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto
- Al presente, estando en plena vigencia el C6digo Procesal Civil (CPC), que estableci6
- De la revisión del recurso de casación en el fondo cursante
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- Sin embargo, el recurso de casación en el fondo, carece de carga argumentativa que
- Por lo expuesto, corresponde resolver el recurso de casación conforme advierte el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase al Tribunal de origen
