Regístrese, notifíquese y devuélvase al Tribunal de origen
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- El Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto
- Al presente, estando en plena vigencia el C6digo Procesal Civil (CPC), que estableci6
- De la revisión del recurso de casación en el fondo cursante
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- Sin embargo, el recurso de casación en el fondo, carece de carga argumentativa que
- Por lo expuesto, corresponde resolver el recurso de casación conforme advierte el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
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