Auto Supremo AS/0591/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0591/2019

Fecha: 22-Oct-2019

En base a los contratos señalados, demostrarían que el actor trabajó de forma interrumpida nunca

En base a los contratos señalados, demostrarían que el actor trabajó de forma interrumpida nunca continúa. Además, que no fueron 5 los contratos suscritos a plazo fijo, por lo que no correspondería la conversión a un contrato a tiempo indefinido y menos aún proceda la reincorporación. Continua, señalando que se demostró la inexistencia del vínculo laboral de forma continua, menos un despido intempestivo, en razón a que los contratos suscritos establecieron que los contratos establecieron la duración del contrato entre partes. Es más erradamente interpretó que una adenda pueda ser considerada como un nuevo contrato a plazo fijo. Por lo que en los hechos solo hubo tres contratos discontinuos con una cesantía mayor a los 90 días, de la cual nació la desvinculación laboral