I. 1. Antecedentes del proceso
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 630/2019
Sucre, 22 de octubre de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-LP. 459/2018
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 396 a 397 vta., interpuesto Fernando Victor Salazar Patzi, Director General Ejecutivo de la Caja de Salud de Caminos y R.A., y el recurso de casación de fs. 399 a 413 vta., presentado por Juan Antonio Paz Huacote, contra el Auto de Vista Nº 39/18 de 14 de febrero de 2018, cursante de fs. 378 a 380, pronunciado por la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral seguido por Juan Antonio Paz Huacote, contra La Caja de Salud de Caminos y R.A., el Auto de fs. 424 de 12 de noviembre de 2018, que concedió el recurso, el Auto Nº 474/2018-A de 20 de noviembre de fs. 426 y vta. que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 630/2019
Sucre, 22 de octubre de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-LP. 459/2018
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 396 a 397 vta., interpuesto Fernando Victor Salazar Patzi, Director General Ejecutivo de la Caja de Salud de Caminos y R.A., y el recurso de casación de fs. 399 a 413 vta., presentado por Juan Antonio Paz Huacote, contra el Auto de Vista Nº 39/18 de 14 de febrero de 2018, cursante de fs. 378 a 380, pronunciado por la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral seguido por Juan Antonio Paz Huacote, contra La Caja de Salud de Caminos y R.A., el Auto de fs. 424 de 12 de noviembre de 2018, que concedió el recurso, el Auto Nº 474/2018-A de 20 de noviembre de fs. 426 y vta. que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
- I. 1. Antecedentes del proceso
- I.1.1 Sentencia
- Que, tramitado el proceso de referencia, la Juez Cuarta de Trabajo y Seguridad Social de
- I.1.2 Auto de Vista
- En grado de apelación deducida por ambas partes cursante de fs
- I.2 Motivos del recurso de casación
- En el recurso de casación de fs
- En el presente caso no existió un retiro forzoso como lo estableció el Tribunal, más
- Así mismo, el Tribunal al emitir el auto de vista ahora recurrido, sus
- Si bien el demandante cumplía con un horario y vendía sus servicios en un lugar
- El Auto Supremo N° 266/2014 de 5 de diciembre, señala que los consultores en línea
- De la fotocopia legalizada del cheque N° 2549 de 25 de octubre de 2013, se
- I.2.1 Petitorio
- Por todo lo brevemente expuesto, solicitó al Tribunal Supremo ANULAR el Auto de Vista N°
- Recurso de casación en el fondo adjunto de fs
- En consideración, al ver vulnerado sus derechos laborales reclamados, tanto en la sentencia de primera
- Si bien existió un pronunciamiento sobre la vacación, empero no tiene un sustento peor un
- De la relación laboral y el tiempo de servicios, no corresponde objetar la relación de
- I.2.2. Petitorio
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- Resolviendo el recurso de casación de fs
- En el caso objeto de análisis, la controversia se circunscribe en dilucidar si existió un
- Respecto a lo alegado por la parte demandada, de la existencia de contratos civiles donde
- Resolviendo el recurso de casación adjunto de fs
- En el caso objeto de análisis, el hecho controvertido radica en establecer si corresponde el
- De lo que, de la revisión de los antecedentes, podemos ver que los derechos reclamados
- Que, en ese marco legal, se concluye que el auto de vista impugnado, se ajusta
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Eguëz Añez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
