Aclarando que el hecho de la desvinculación salarial de la actora con la entidad demandada,
Aclarando que el hecho de la desvinculación salarial de la actora con la entidad demandada, fue originado directamente por falta de pagos de salarios a la trabajadora, el mismo que no se justifica con la demora de la emisión de la Resolución Bi Ministerial que autorizaba la regulación de planillas de pagos de salarios en el Proyecto Sucre Ciudad Universitaria, corroborando de esa manera a lo afirmado por la Juez Ad quo y conformado por el tribunal de alzada, valoración de la prueba que se realizó dentro de la normativa legal prevista en el art. 1 del D.S. N°23570 de 26 de julio de 1993, recogido por el art. 2 del D.S. N° 28699 de 1 de mayo de 2006, y como consecuencia no se han desconocido los arts. 66, 150 y 158 del Código Procesal del trabajo
- I. 1. Antecedentes del proceso
- Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Tercero del Trabajo y Seguridad Social,
- I.1.2 Auto de Vista
- En grado de apelación deducida por Fernando Antonio Beltrán Sánchez, de fs
- En ninguna de las instancias se procedió a la valoración correcta de las pruebas de
- Manifiesta que, el auto de vista motivo del recurso de casación REVOCA PARCIALMENTE la sentencia
- Así mismo, no se ha valorado la prueba documental de descargo, presentada y fundamentada ampliamente,
- En conclusión, el presente recurso de casación en el fondo es formulado porque no se
- Solicitó se conceda el recurso de casación en el fondo, y que se CASE el
- IV.1. - Fundamentos jurídicos del fallo
- En el caso objeto de examen, la parte demanda no está de acuerdo con el
- Sobre la valoración de la prueba, se deja en claro que la jurisprudencia del Tribunal
- Aclarando que el hecho de la desvinculación salarial de la actora con la entidad demandada,
- Con costas
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Eguëz Añez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
