I. 1. Antecedentes del proceso
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 632/2019
Sucre, 22 de octubre de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-CHUQ. 457/2018
Distrito: Chuquisaca
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 304 a 310 vta., interpuesto por Fernando Antonio Beltran Sánchez, en representación del Proyecto Sucre Ciudad Universitaria, contra el Auto de Vista Nº 546/2018 de 17 de septiembre, de fs. 301 a 302 vta., correspondiente a la Sala Social y Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso de beneficios sociales que sigue Luís Fernando Arnau López, representante legal de Heidy Jaqueline Ivanovic aranibar en contra de Fernando Antonio Beltran Sanchez, Gerente General y representante legal del Proyecto Sucre Ciudad Universitaria, el Auto de 31 de octubre de 2018 que concedió el recurso, el Auto Nº 472/2018-A de 13 de noviembre de fs. 325 y vta., que admitió el recurso indicado, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 632/2019
Sucre, 22 de octubre de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-CHUQ. 457/2018
Distrito: Chuquisaca
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 304 a 310 vta., interpuesto por Fernando Antonio Beltran Sánchez, en representación del Proyecto Sucre Ciudad Universitaria, contra el Auto de Vista Nº 546/2018 de 17 de septiembre, de fs. 301 a 302 vta., correspondiente a la Sala Social y Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso de beneficios sociales que sigue Luís Fernando Arnau López, representante legal de Heidy Jaqueline Ivanovic aranibar en contra de Fernando Antonio Beltran Sanchez, Gerente General y representante legal del Proyecto Sucre Ciudad Universitaria, el Auto de 31 de octubre de 2018 que concedió el recurso, el Auto Nº 472/2018-A de 13 de noviembre de fs. 325 y vta., que admitió el recurso indicado, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
- I. 1. Antecedentes del proceso
- Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Tercero del Trabajo y Seguridad Social,
- I.1.2 Auto de Vista
- En grado de apelación deducida por Fernando Antonio Beltrán Sánchez, de fs
- En ninguna de las instancias se procedió a la valoración correcta de las pruebas de
- Manifiesta que, el auto de vista motivo del recurso de casación REVOCA PARCIALMENTE la sentencia
- Así mismo, no se ha valorado la prueba documental de descargo, presentada y fundamentada ampliamente,
- En conclusión, el presente recurso de casación en el fondo es formulado porque no se
- Solicitó se conceda el recurso de casación en el fondo, y que se CASE el
- IV.1. - Fundamentos jurídicos del fallo
- En el caso objeto de examen, la parte demanda no está de acuerdo con el
- Sobre la valoración de la prueba, se deja en claro que la jurisprudencia del Tribunal
- Aclarando que el hecho de la desvinculación salarial de la actora con la entidad demandada,
- Con costas
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Eguëz Añez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
