Auto Supremo AS/0647/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0647/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Por lo anterior, al impugnar el auto de vista, se debe efectuar una crítica legal

Adicionalmente, respecto de su petitorio, es importante recordar a la recurrente que al deducir recurso de casación, se debe observar el parágrafo I del artículo 270 del Código Procesal Civil, que sobre su procedencia, con absoluta claridad determina: “El recurso de casación procede para impugnar autos de vista dictados en procesos ordinarios y en los casos expresamente señalados por ley.”
Por lo anterior, al impugnar el auto de vista, se debe efectuar una crítica legal del mismo, señalando con precisión, como dispone el numeral 3 del parágrafo I del artículo 274 del Código Adjetivo Civil, la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebidamente o interpretadas erróneamente; por ello, no es suficiente afirmar algo sin respaldo o aun citar normas sin la debida argumentación y relación de causalidad