Que, en el marco legal descrito, el tribunal de alzada no incurrió en trasgresión, violación
Que, en el marco legal descrito, el tribunal de alzada no incurrió en trasgresión, violación o errónea aplicación de normas, ni en la interpretación errónea y aplicación indebida de la ley al confirmar la sentencia de primera instancia como se acusó en los recursos de fojas 122 a 123 y de fojas 126 a 130 y vuelta, correspondiendo, en consecuencia, aplicar el parágrafo II del artículo 220 del Código Procesal Civil, con la facultad remisiva del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
- CONSIDERANDO I
- I.1.1.- SENTENCIA
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo, Seguridad Social Séptimo de
- En consecuencia, ordenó a la empresa “Hot Burguer” que deberá pagar a favor del actor,
- I.1.2.- AUTO DE VISTA
- En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 109 de 3 de agosto de
- I.2.- RECURSO DE CASACIÓN
- Que, del referido auto de vista, Félix Grover Chiguanto Flores, demandante, y Sonia Vaca de
- I.2.1.- ARGUMENTOS DE LOS RECURSOS
- Los recurrentes expresaron los siguientes argumentos
- Inició el memorial citando parte de la sentencia de primera instancia, en relación con los
- Realizó nuevamente una cita de parte de la sentencia de primera instancia en que se
- Hizo referencia posteriormente al Auto Supremo Nº 379/2012 de 28 de septiembre, sobre la aplicación
- I.2.1.2. – PETITORIO
- I.2.2.1.- SEGUNDO RECURSO
- La exposición del recurso inició con la cita de normas de la Constitución Política del
- Expresó luego, que el retiro del trabajador fue voluntario, que no hubo despido, pero que
- A continuación, en referencia al auto de vista impugnado, acusó falta de valoración de la
- Por otra parte, acusó la infracción de los artículos 159 y 162 del Código Procesal
- Bajo el epígrafe de impugnación a través del presente recurso de casación contra el Auto
- I.2.2.2. – PETITORIO
- CONSIDERANDO II
- Que así expuestos los argumentos de los recursos de casación de fojas 122 a 123
- Antes de ingresar a los argumentos que fueron expuestos en el recurso, es importante precisar
- Respecto del hecho que los tres últimos meses trabajados; es decir, diciembre de 2015, enero
- Al respecto, es importante considerar que el juez de primera instancia, al determinar como hecho
- Posteriormente, recalcó que el trabajador demandante tiene el deber procesal de mostrar la legitimidad de
- Ahora bien; lo que se busca a través de un proceso judicial, no solamente es
- Por lo anterior, en materia laboral, corresponde al juzgador efectuar la valoración del conjunto de
- Tomando en cuenta la fundamentación anterior, es importante recordar al recurrente, que si consideraba que
- Es decir, que si el recurrente pretendía la revisión de lo que fue determinado por
- En cuanto a la redundante afirmación del recurrente, en sentido que no se aplicó el
- El principio de protección se halla integrado por tres sub reglas a efecto de su
- En relación con lo señalado respecto del principio de inversión de la carga de la
- Es decir, que aun cuando en materia laboral hay un amplio espectro de protección a
- En referencia a la cita del Auto Supremo Nº 379/2012 de 28 de septiembre, sobre
- Por lo anterior, al impugnar el auto de vista, se debe efectuar una crítica legal
- Finalmente, en casación no existen agravios, pues no se trata de la continuación del proceso
- II.1.2.- SEGUNDO RECURSO
- Antes de ingresar a los argumentos que fueron expuestos en el recurso, igual que en
- Por otra parte, es importante considerar que los fundamentos desarrollados al resolver el primer recurso,
- El recurso gira en torno a la supuesta vulneración del derecho al debido proceso, en
- Sobre este mismo hecho, el tribunal de alzada al emitir el auto de vista impugnado,
- Sobre la acusación de falta de valoración de la prueba testifical de descargo, acusando la
- De hecho, sobre la prueba testifical de descargo de fojas 70 a 71, como ya
- Sobre el artículo 24 de la Constitución Política del Estado, derecho de petición, se debe
- Así, la Sentencia Constitucional Nº 1615/2011-R de 11 de octubre, señala el siguiente razonamiento: “’…el
- En el caso, presente, tanto la sentencia como el auto de vista ahora impugnado, fueron
- En cuanto a la vulneración acusada de los artículos 115 y 117 de la Constitución
- La fundamentación, en relación con el auto de vista, no es abundante, pero es suficiente,
- El recurso de casación es extraordinario y formal, a través del cual, cuando corresponda, se
- Respecto de la infracción de los artículos 159 y 162 del Código Procesal del Trabajo
- Sobre este hecho, el auto de vista impugnado señaló que si bien el trabajador puede
- Por otra parte, por mandato del parágrafo III del artículo 48 de la Constitución Política
- Aún más, el parágrafo IV del artículo 48 de la Norma Suprema del Estado, determina
- En cuanto a lo expresado por la recurrente en sentido que el presente recurso de
- Es evidente que cumplidas las formalidades de ley, el recurso de casación, es un medio
- En cuanto a su contenido, el mismo fue fundamentado con las razones y motivos señalados
- Finalmente, respecto de su petitorio, cabe reiterar lo señalado al resolver el primer recurso, en
- Que, en el marco legal descrito, el tribunal de alzada no incurrió en trasgresión, violación
- Sin costas por ser ambas partes recurrentes
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
