Por otro lado, se debe mencionar también que en materia laboral rigen varios principios procesales,
Por otro lado, se debe mencionar también que en materia laboral rigen varios principios procesales, entre los que se encuentran el principio protector y dentro del mismo, la regla "in dubio pro operario", es decir, si a momento de apreciar la prueba cursante en obrados, sobre la base de la inexistencia de la prueba tasada, el juez advierte que existen circunstancias, eventos, condiciones u otros que sean contradictorios o excluyentes entre sí, se debe aplicar la regla "in dubio pro operario" y reconocer la circunstancia o hecho más favorable al trabajador
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I.1.- Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social N°
- En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 066/2018 de 7 de mayo (fs
- Que, del referido auto de vista, Ronald Arze Camacho, en representación de la Empresa Crecer
- Luego de una relación acerca de las normas en las que se sustenta la procedencia
- Pese a lo señalado, tanto el juzgador de primera instancia como el Tribunal de Alzada
- II.1.1.- Petitorio
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo de fs
- Por otro lado, se debe mencionar también que en materia laboral rigen varios principios procesales,
- Consecuentemente, las pruebas testificales ofrecidas a las que hace referencia el recurrente cursantes a fs
- Respecto a la errónea valoración de las literales cursantes de fs
- IV.1. Conclusión
- En consecuencia, el Tribunal Ad quem, ha tomado en cuenta los principios rectores en materia
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Con costas en aplicación del art. 223.2 del Código Procesal Civil
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
