Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social N°
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social N° 2 del departamento de Cochabamba, emitió la Sentencia de 9 de abril de 2015 (fs. 296 a 301), declarando PROBADA la demanda de fs. 2 a 3, conminándose a la empresa demandada a pagar a favor del actor, la suma de Bs. 173.535,48 de acuerdo con el siguiente detalle:
Tiempo de servicios: 6 años, 9 meses y 3 días
Salario promedio indemnizable: 6.300
Indemnización por tiempo de servicios:Bs.42.577,50
Desahucio:Bs.18.900
Vacaciones:Bs.23.123,10
Aguinaldo
(duodécimas gestión 2007, doble por incumplimiento):Bs.12.075
(gestión 2008 a 2012, doble por incumplimiento):BS.63.000
(duodécimas gestión 2013, doble por incumplimiento):Bs.10.080
Salario devengado (18 días de octubre de 2013):Bs. 3.780
TOTAL: Bs. 173.535,60
I.2.- Auto de Vista
Tiempo de servicios: 6 años, 9 meses y 3 días
Salario promedio indemnizable: 6.300
Indemnización por tiempo de servicios:Bs.42.577,50
Desahucio:Bs.18.900
Vacaciones:Bs.23.123,10
Aguinaldo
(duodécimas gestión 2007, doble por incumplimiento):Bs.12.075
(gestión 2008 a 2012, doble por incumplimiento):BS.63.000
(duodécimas gestión 2013, doble por incumplimiento):Bs.10.080
Salario devengado (18 días de octubre de 2013):Bs. 3.780
TOTAL: Bs. 173.535,60
I.2.- Auto de Vista
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I.1.- Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social N°
- En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 066/2018 de 7 de mayo (fs
- Que, del referido auto de vista, Ronald Arze Camacho, en representación de la Empresa Crecer
- Luego de una relación acerca de las normas en las que se sustenta la procedencia
- Pese a lo señalado, tanto el juzgador de primera instancia como el Tribunal de Alzada
- II.1.1.- Petitorio
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo de fs
- Por otro lado, se debe mencionar también que en materia laboral rigen varios principios procesales,
- Consecuentemente, las pruebas testificales ofrecidas a las que hace referencia el recurrente cursantes a fs
- Respecto a la errónea valoración de las literales cursantes de fs
- IV.1. Conclusión
- En consecuencia, el Tribunal Ad quem, ha tomado en cuenta los principios rectores en materia
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Con costas en aplicación del art. 223.2 del Código Procesal Civil
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
