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    Auto Supremo AS/0864/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0864/2019-RRC

    Fecha: 01-Oct-2019

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    • Por memorial presentado el 4 de enero de 2019, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la mencionada Sentencia, el acusado Aloisio Machado Costa Reis por intermedio de Abogado Defensor
    • I.1.1. Motivos del Recurso de Casación
    • Del memorial de recurso de casación interpuesto por la representación de la Administradora Boliviana de
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 367/2019-RA de 16 de mayo, este Tribunal admitió el recurso de casación
    • II.1.De la Sentencia
    • Por Sentencia 18/2015 de 7 de diciembre (fs
    • Por la prueba MP-1 se pudo evidenciar que la empresa Constructora “QUEIROZ” suscribió contrato con
    • Mediante Prueba MP-17 y MP-18 se demostró la existencia de la necesidad de contar con
    • Que, mediante las pruebas MP-29 y MP-33 se estableció la forma en la que debe
    • La obra fue entregada el 29 de septiembre de 2005 conforme la prueba MP-34, M-38,
    • Posterior a la conclusión de la obra, de acuerdo a la prueba MP-43, MP-44, MP-45,
    • No se consideraron en Sentencia las pruebas MP-3, MP-5, MP-68, MP-14, MP-57 y MP-67
    • Con la notificación de la Sentencia, el acusado Aloisio Machado Costa Reis, mediante su defensor
    • Asimismo, que habiendo hecho reserva de recurrir sobre la resolución de exclusión probatoria interpuesta contra
    • Alegó falta de fundamentación considerando que en Sentencia se escogió prueba para condenar al acusado
    • Sustentó defecto del art
    • Denunció defecto del art
    • Interpone apelación incidental como cuestión previa al fondo contra el Auto de 24 de noviembre
    • En cuanto a la apelación restringida, denunció defecto del art
    • El Auto de Vista 95/2018 de 24 de diciembre, dictados por la Sala Penal Segunda
    • Respecto a la falta de fundamentación de la Sentencia, se estableció que el Tribunal a
    • Respecto al defecto del art
    • En cuanto al recurso de la ABC, con relación al incidente de falta de legitimación,
    • Sobre el incidente de extinción por prescripción, considerando los alcances de los arts
    • Atendiendo el defecto del art
    • De acuerdo a los argumentos de la parte recurrente, se aduce que ante la denuncia
    • III.1. La Labor de Contraste en el Recurso de Casación
    • El art
    • En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
    • Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
    • De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
    • III.2. Análisis del Caso concreto
    • La representación de la Autoridad Ejecutiva de la Administración Boliviana de Carreteras (ABC), denuncia que
    • Al respecto, para fundar el agravio ocurrido en alzada, el recurrente invocó el Auto Supremo
    • La exigencia de motivación constituye una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
    • En virtud de éstas razones, la ley procesal consagra la exigencia de motivación de las
    • La motivación, a la vez que un requisito formal, que en la sentencia no se
    • La motivación debe ser expresa, clara, completa, legítima y lógica
    • a) Expresa: Porque el juez, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
    • b) Clara: En la sentencia, el objeto del pensar jurídico debe estar notoriamente determinado, de
    • c) Completa: La exigencia comprende a todas las cuestiones fundamentales de la causa y a
    • Esto no implica que los hechos secundarios queden excluidos; la obligación de motivar alcanza también
    • La motivación, para ser completa, debe referirse al hecho y al derecho, valorando las pruebas
    • d) Legítima: La legitimidad de la motivación se refiere tanto a la validez intrínseca de
    • También, por supuesto, será ilegítima la motivación si se funda en prueba obtenida por un
    • Al respecto, señala Maier: "
    • Establecida la doctrinal legal invocada, a efectos de poder generar convicción respecto a la certeza
    • Ingresando al análisis de lo establecido por el Auto de Vista impugnado, atendiendo los alcances
    • De lo expuesto, se puede colegir que el Auto de Vista, en lo pertinente, no
    • Es así, que de los argumentos expuestos por el Tribunal de apelación y de la
    • A mayor abundamiento, debe dejarse sentado que la naturaleza de la apelación restringida, conforme los
    • Señalar que el art
    • Por ello, el Tribunal de apelación, no pudo haber incurrido en falta de fundamentación o
    • Consiguientemente, el presente motivo de casación, como bien se ha señalado, motivado y fundado, no
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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