Auto Supremo AS/0864/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0864/2019-RRC

Fecha: 01-Oct-2019

De acuerdo a los argumentos de la parte recurrente, se aduce que ante la denuncia


III. ANÁLISIS Y VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICIÓN CON LOS PROCEDENTES INVOCADOS

De acuerdo a los argumentos de la parte recurrente, se aduce que ante la denuncia de que la Sentencia se basó en hechos inexistentes, no acreditados y en defectuosa valoración de la prueba como defecto del art. 370 nums. 1 y 6 del CPP, no fue resulta de manera fundamentada, porque el Auto de Vista impugnado no ejerció su deber de control de la valoración de la prueba, siendo que la Administradora Boliviana de Carreteras no puede constituirse en víctima cuando la entrega de la obra fue anterior a su creación. Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 342 de 28 de agosto de 2006