Auto Supremo AS/0864/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0864/2019-RRC

Fecha: 01-Oct-2019

Del memorial de recurso de casación interpuesto por la representación de la Administradora Boliviana de


Del memorial de recurso de casación interpuesto por la representación de la Administradora Boliviana de Carreteras, se extrae el siguiente motivo, de acuerdo al mandato establecido por los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ):

Alega que ante la denuncia de que la Sentencia se basó en hechos inexistentes, no acreditados y en defectuosa valoración de la prueba como defecto del art. 370 nums. 1 y 6 del CPP, el Auto de Vista impugnado omitió resolver de manera fundamentada, aspecto que vulneraría el debido proceso en su vertiente de derecho a una resolución fundamentada; por cuanto, no ejerció su deber de control de la valoración probatoria respecto al Acta de Entrega Definitiva del Proyecto Túnel false de Alarache que fue en el año 2005, siendo que el Servicio Nacional de Caminos residual en el 2012 a través del Decreto Supremo Nª 1275 entregó al Ministerio de Obras Públicas los procesos judiciales, administrativos y arbitrales, que evidenciarían que la Administradora Boliviana de Carreteras no puede constituirse en víctima cuando la entrega de la obra fue anterior a su creación. Invoca el Auto Supremo 342 de 28 de agosto de 2006