Auto Supremo AS/0864/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0864/2019-RRC

Fecha: 01-Oct-2019

En cuanto a la apelación restringida, denunció defecto del art


En cuanto a la apelación restringida, denunció defecto del art. 370 nums. 1 y 6 del CPP, considerando que la Sentencia se basó en hechos inexistentes, no acreditados y en valoración defectuosa de la prueba, porque en un primer momento se declaró a la ABC como víctima dentro el proceso penal, empero al momento de ejercer la valoración de la prueba, acepta el grado de responsabilidad de la Gobernación en un 30% y del Servicio de Caminos en un 70% y no así de la ABC, siendo que la base del juicio se refiere a la construcción del túnel falso Alarache y no al túnel técnico convencional de Alarache que fue otro servicio prestado independientemente, donde tuvo intervención la ABC, sin considerar lo establecido en el Decreto Supremo 29515 y las Actas de Acuerdos de 17 de diciembre de 2007 y 10 de enero de 2008