“Que de la revisión de los antecedentes, así como del análisis de los fundamentos del
El AS, fue pronunciado dentro de un proceso penal por el delito robo agravado. En casación, se resolvió la falta de fundamentación del Auto de Vista, por falta de congruencia entre los agravios expresados y lo resuelto en el Auto de Vista. En cuyo mérito la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, dejó sin efecto el Auto de Vista impugnado sentando la siguiente doctrina legal aplicable:
“Que de la revisión de los antecedentes, así como del análisis de los fundamentos del recurso, se advierte que el Auto de Vista omite realizar un análisis congruente con los motivos del recurso de apelación restringida formulado por el recurrente, acudiendo a la relación de fórmulas o "muletillas". Esta actividad jurisdiccional ejercida por el Tribunal de apelación se constituye en un vicio absoluto que atenta contra el derecho a la defensa y al debido proceso, debiendo la autoridad jurisdiccional dictar sus resoluciones debidamente motivadas, guardando coherencia entre la parte considerativa y la dispositiva, esto es sin incurrir en contradicciones, en desorden de ideas, yuxtaposición, numerativa de folios o de afirmaciones formuladas mecánicamente, o en una frondosa, enrevesada y superficial acumulación de disgresiones sin mayor relación con el caso a resolver, una resolución resulta insuficientemente motivada cuando en el caso concreto resulta superficial y/o unilateral o cuando los argumentos alegados resultan contradictorios o cuando se detectan vicios de razonamiento o de demostración (falacias o paralogismos), en todo caso la redacción debe guardar claridad explicativa, motivos por los que al existir falencia en la motivación del fallo de alzada, garantizando el derecho de la parte recurrente, corresponde dejar sin efecto el fallo recurrido
“Que de la revisión de los antecedentes, así como del análisis de los fundamentos del recurso, se advierte que el Auto de Vista omite realizar un análisis congruente con los motivos del recurso de apelación restringida formulado por el recurrente, acudiendo a la relación de fórmulas o "muletillas". Esta actividad jurisdiccional ejercida por el Tribunal de apelación se constituye en un vicio absoluto que atenta contra el derecho a la defensa y al debido proceso, debiendo la autoridad jurisdiccional dictar sus resoluciones debidamente motivadas, guardando coherencia entre la parte considerativa y la dispositiva, esto es sin incurrir en contradicciones, en desorden de ideas, yuxtaposición, numerativa de folios o de afirmaciones formuladas mecánicamente, o en una frondosa, enrevesada y superficial acumulación de disgresiones sin mayor relación con el caso a resolver, una resolución resulta insuficientemente motivada cuando en el caso concreto resulta superficial y/o unilateral o cuando los argumentos alegados resultan contradictorios o cuando se detectan vicios de razonamiento o de demostración (falacias o paralogismos), en todo caso la redacción debe guardar claridad explicativa, motivos por los que al existir falencia en la motivación del fallo de alzada, garantizando el derecho de la parte recurrente, corresponde dejar sin efecto el fallo recurrido
- Por memorial presentado el 2 de abril de 2019, cursante de fs
- Por Sentencia 20/2018 de 15 de octubre (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Cecilio Ferrel formuló recurso de apelación restringida (fs
- En conocimiento del recurso descrito, esta Sala, en juicio de admisibilidad pronunció el Auto Supremo
- Denuncia incongruencia omisiva del Auto de Vista que procedió a una transcripción de algunos puntos
- El recurrente solicitó se anule el Auto de Vista impugnado
- Mediante Sentencia 20/2018, Cecilio Ferrel fue declarado autor y culpable de la comisión del delito
- Tercer hecho probado, el acusado amedrentaba a la madre de la menor para que desista
- Activado el recurso de apelación restringida, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia
- “Que, resueltos que fueron los reiterativos argumentos del recurrente, existiendo falta de fundamentación legal aplicable
- El recurrente en su recurso de casación denuncia: a) la falta de fundamentación del Auto
- Antes de ingresar al análisis del caso, convendremos que ambos reclamos están referidos a la
- En ese sentido y a los fines de efectuar la labor de contraste corresponde extractar
- (…) Asimismo, se verifica de los antecedentes , que el recurrente denunció defecto absoluto en
- Consecuentemente, si bien el Tribunal de apelación respondió de manera fundamentada y motivada a la
- Así, si una resolución cumple con la garantía de la debida motivación y está sustentada
- De ahí que los fallos deben ser debidamente fundamentados, no siendo suficiente que el juzgador
- Doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 214/2007 de 28 de marzo y el
- “Que de la revisión de los antecedentes, así como del análisis de los fundamentos del
- Asimismo, advirtiendo este Tribunal que los motivos expuestos tanto en el recurso de apelación como
- El sistema de la sana crítica, otorga a las partes la libertad de escoger los
- El avenimiento de nuestro sistema procesal a este método de valoración de prueba, exige una
- Los jueces de mérito son soberanos en la valoración de las pruebas, que las estiman
- Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el
- El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- Doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 5/2007 de 26 de enero y análisis
- “Sin embargo, de la compulsa de antecedentes, se tiene que el recurso de casación deducido,
- En materia de recursos, la autonomía de la voluntad de las partes cobra, un rol
- La principal consecuencia del imperio del principio dispositivo, es que el Tribunal de alzada se
- El Auto de Vista recurrido, al no considerar las denuncias de la parte, "se acoge
- De ahí que la denuncia de incongruencia omisiva, al no haberse pronunciado la Sala sobre
- Tal alteración entre las pretensiones de los recurrentes y los alcances de la decisión judicial
- La exigencia de motivación es una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
- En el contexto del entendimiento desarrollado, en el caso, el reclamo del recurrente está referido
- Los precedentes, glosados han resuelto problemáticas referidas a la incongruencia omisiva, así en el primer
- En el caso, la doctrina legal aplicable traída a colación de manera resumida no fue
- En consecuencia existe una clara contradicción entre el Auto de Vista impugnado y los precedentes,
- En cuanto a la denuncia formulada por el recurrente en sentido de que el Tribunal
- Los arts
- Es así, que los jueces y Tribunales son los únicos facultados para realizar la valoración
- Asimismo, el art
- Entonces, cuando el Tribunal de alzada determine la realización de nuevo juicio oral, y al
- En tales condiciones, los Tribunales encargados de sustanciar los juicios que involucren a un niño,
- Doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 704/2015 RRC-L de 30 de septiembre y
- “III.4. Resolución del caso concreto
- vi) Denuncia vicio por incongruencia omisiva pues, pese a que oportunamente contestó tanto de manera
- En este caso, tampoco existe un hecho similar; si bien, en ambas se alega la
- Doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 550/2014 RRC de 15 de octubre y
- El AS fue pronunciado dentro de un proceso penal por el delito Violación Niño, Niña
- Doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 131/2007 de 15 de febrero
- Finalmente, tampoco es posible realizar el análisis de contradicción con este fallo supremo porque no
- Por consiguiente, siendo evidente la contradicción planteada por el imputado en casación solo respecto de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
