Auto Supremo AS/0958/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0958/2019-RA

Fecha: 15-Oct-2019

Manifiestan que la implícita confirmación de la Sentencia, realizada por el Auto de Vista impugnado,


Manifiestan que la implícita confirmación de la Sentencia, realizada por el Auto de Vista impugnado, a más de no dar observancia a los principios de presunción de inocencia y legalidad, omitió pronunciarse sobre los precedentes contradictorios invocados en apelación restringida, bajo el siguiente detalle:

Sobre el art. 370 núm. 1) del CPP, invocaron el Auto Supremo 131 de 31 de enero de 2007, explicando que la sentencia debe emerger de la apreciación y valoración integral de las pruebas conforme las reglas de la sana crítica; siendo que en su caso la autoridad jurisdiccional, “otorg[ó] amplia fe probatoria a un testigo que nunca estuvo ofrecid[o]” (sic), así como fundó su culpabilidad sin “prueba científica, es decir, un dictamen pericial” (sic). Añaden que, la Sala Penal Segunda, no brindó pronunciamiento a la doctrina legal contenida en el Auto Supremo 111 de 31 de enero de 2007, sobre las posibilidades de corrección directa por parte de los tribunales de apelación en casos de errónea aplicación de la Ley sustantiva en base a la valoración de la prueba realizada en sentencia; ocurriendo, que en su caso, “el tribunal de alzada al percatarse de la vital e inexistencia de la prueba de verdad material (dictamen pericial)…inexcusablemente debería dictar una sentencia absolutoria y/o el reenvío” (sic)