Auto Supremo AS/0969/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0969/2019-RRC

Fecha: 18-Oct-2019

El segundo precedente contradictorio invocado –Auto Supremo 494 de 15 de noviembre de 2005-, fue

El segundo precedente contradictorio invocado –Auto Supremo 494 de 15 de noviembre de 2005-, fue dictado dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y otro contra Juan Antonio Suárez Bowles, por la comisión de los ilícitos de Estafa y otro, en el cual se evidenció que el Tribunal de alzada incurrió en defecto absoluto, al omitir -previa reserva de fundamentación del recurso- convocar a la audiencia para la fundamentación solicitada, estableciendo como doctrina legal aplicable la siguiente:
“(…) La fundamentación oral del recurso de apelación restringida, es un derecho procesal y constitucional del recurrente; mucho más, si dicho derecho fue expresamente anunciado en la apelación restringida; de ahí que cuando el Tribunal de Apelación restringe este derecho, ya sea por acción u omisión, dicho actuar se constituye en defecto absoluto establecido en el artículo 169 inciso 3) del C.P.P. con relación al artículo 16 de la C.P.E.; en consecuencia, en todo proceso jurisdiccional, donde se decide una controversia, más aún si es de orden penal, la afectación a los derechos y garantías constitucionales generan la necesidad de enmendar los defectos absolutos ya sea de oficio o a petición de parte por parte de los Tribunales que atienden los recursos de apelación o casación, como se tiene expuesto”