Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0969/2019-RRC
Fecha: 18-Oct-2019
II.2.De la Sentencia
II.2.De la Sentencia
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Por memorial presentado el 15 de enero de 2019, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 58/2016 de 15 de diciembre (fs
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Contra la referida Sentencia, los acusados Raphael Jesús Cruz Callisaya (fs
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I.1.1.Motivos del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 524/2019-RA de 24 de julio, se
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Alega que el Tribunal de alzada hubiere incurrido en incongruencia omisiva al no pronunciarse sobre
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Denuncia falta de fundamentación por parte de Tribunal de alzada; puesto que, en apelación restringida
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Solicita la recurrente que deliberando en el fondo, este Tribunal revoque el Auto de Vista
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Mediante Auto Supremo 524/2019-RA de 24 de julio, este Tribunal admitió el recurso de casación
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De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente
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Agresión física y asfixia mecánica por parte de Wilmer Rodrigo Quenta Estrada en contra de
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II.2.De la Sentencia
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En el caso concreto no se ha probado con ningún medio probatorio, los elementos que
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El acusado Raphael Jesús Cruz Callisaya, facilitó la agresión física a la víctima que derivó
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Maribel Quenta Estrada teniendo conocimiento del hecho criminal ocurrido, recepciona el cuerpo sin vida de
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Raphael Jesús Cruz Callisaya y Maribel Quenta Estrada, tuvieron participación accesoria en el hecho criminal,
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Clarificada la problemática traída en casación, a fin de un mejor entendimiento en cuanto al
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III
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Recapitulando, la recurrente denuncia falta de señalamiento de audiencia de fundamentación del recurso de apelación
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Respecto a la denuncia de falta de señalamiento de audiencia de fundamentación del recurso de
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Por su parte, el Auto Supremo 61 de 27 de enero de 2007, estableció que “La
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El segundo precedente contradictorio invocado –Auto Supremo 494 de 15 de noviembre de 2005-, fue
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Advertida la similitud entre la problemática de casación con las de los precedentes invocados como
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De igual forma, la apelante observó que la inspección técnica ocular, establece con claridad dónde
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Finalmente, la recurrente solicitó expresamente en el Otrosí 2 del recurso incoado, el señalamiento de
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En atención a lo acusado, el Tribunal de apelación señaló como razones para declarar la
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De esa relación necesaria de antecedentes, este Tribunal advierte que la Sala Penal Segunda del
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Por lo expuesto, al resultar evidente la lesión de los derechos de la recurrente, se
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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FDO
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Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
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