De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 36/2017 de 29 de junio (fs. 638 a 645), el Tribunal de Sentencia Anticorrupción y Violencia contra la Mujer Primero de la Capital del Departamento de La Paz, declaró a Ever Diego Callisaya Vargas, autor de la comisión del delito de Homicidio, tipificado por el art. 252 con relación al art. 20 del CP, imponiendo la pena de diez años de presidio sin derecho a indulto, más costas a favor del Estado y reparación del daño civil a favor de la víctima a ser calificadas en ejecución de sentencia
- Por memorial presentado el 11 de julio de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 4 de julio de 2019
- El Auto de Visa impugnado, al referirse al agravio señaló que la sentencia apelada en
- En este contexto cita como precedente contradictorio el Auto Supremo (AS) 529 de 17 de
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo Nº 118/2015-RRC de 24 de febrero, no
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- El recurrente invocó como contradictorio al Auto de Vista impugnado, los AASS 529 de 17
- Al respecto, debe tenerse en cuenta que las formas exigidas en los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
