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3. Señaló que él como beneficiario se sentiría feliz, pero a su edad le remuerde la conciencia, porque en su grupo familiar uno tiene un comportamiento mezquino, egoísta en perjuicio de otro que no se benefició del inmueble de la calle Bolívar N° 274, considerando que es justo y legal que todos los bienes fincados por su madre ingresen al acervo hereditario para su división en partes iguales entre los herederos
- Johny Velarde de Tapia
- Proceso: Nulidad de escritura pública por simulación
- CONSIDERANDO I
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada, análisis de impugnabilidad
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 1
- 4
- Concluyó solicitando se digne en dictar resolución casando el Auto de Vista impugnado y en
- Del recurso de casación interpuesto por Carlos Johny Velarde Tapia mediante memorial de fs
- 3
- Solicitó casar el Auto de Vista declarando probada la demanda
- Formulación de reclamos en ambos recursos que constituyen la expresión de agravios del recurso de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
