a)La errónea aplicación de la ley, ya que el Auto de Vista impugnado con relación
4. Del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación, se observa que Froilan Toledo Ríos por sí y en representación de Roxana Goytia Ordoñez y Eddy Goytia Ordoñez en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusan:
a)La errónea aplicación de la ley, ya que el Auto de Vista impugnado con relación a la demanda reconvencional no hizo una correcta valoración de las normas legales que amparan su pretensión sobre la cancelación de inscripción de la partida N° 556 del libro de propiedades capital de 1985 migrada a la Matrícula Computarizada N° 4011010039195, cuya pretensión se encuentra sustentada en la activación de la clausula resolutoria y la reversión del lote adjudicado a favor de Alfredo Florentino Dávila Escobar
De la revisión del recurso de casación, se observa que Froilan Toledo Ríos por sí y en representación de Roxana Goytia Ordoñez y Eddy Goytia Ordoñez en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusan:
a)La errónea aplicación de la ley, ya que el Auto de Vista impugnado con relación a la demanda reconvencional no hizo una correcta valoración de las normas legales que amparan su pretensión sobre la cancelación de inscripción de la partida N° 556 del libro de propiedades capital de 1985 migrada a la Matrícula Computarizada N° 4011010039195, cuya pretensión se encuentra sustentada en la activación de la clausula resolutoria y la reversión del lote adjudicado a favor de Alfredo Florentino Dávila Escobar
- Auto Supremo: 1068/2019-RA
- Expediente: O-41-19-S
- Partes: Ofelia Estupiñon Yañez y otro c/ Froilan Toledo Ríos, Roxana Goytia Ordoñez y Eddy
- Distrito: Oruro
- 1
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 201/2019 de 2 de septiembre, pronunciado por la
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
- a)La errónea aplicación de la ley, ya que el Auto de Vista impugnado con relación
- c)Expresó que de acuerdo al art
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case parcialmente el Auto
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
