Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs. 541 vta., se observa que Froilan Toledo Ríos por sí y en representación de Roxana y Eddy ambos Goytia Ordoñez fueron notificados el 10 de septiembre de 2019 y como el recurso de casación fue presentado el 24 de septiembre del año en curso, tal cual se observa en el timbre electrónico cursante a fs. 542, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto por el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs. 541 vta., se observa que Froilan Toledo Ríos por sí y en representación de Roxana y Eddy ambos Goytia Ordoñez fueron notificados el 10 de septiembre de 2019 y como el recurso de casación fue presentado el 24 de septiembre del año en curso, tal cual se observa en el timbre electrónico cursante a fs. 542, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto por el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles
- Auto Supremo: 1068/2019-RA
- Expediente: O-41-19-S
- Partes: Ofelia Estupiñon Yañez y otro c/ Froilan Toledo Ríos, Roxana Goytia Ordoñez y Eddy
- Distrito: Oruro
- 1
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 201/2019 de 2 de septiembre, pronunciado por la
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
- a)La errónea aplicación de la ley, ya que el Auto de Vista impugnado con relación
- c)Expresó que de acuerdo al art
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case parcialmente el Auto
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
