Juan Carlos Huanca Apaza contestó al recurso de casación de sus oponentes, en los siguientes
Juan Carlos Huanca Apaza contestó al recurso de casación de sus oponentes, en los siguientes términos:
Expresó que los argumentos vertidos en el recurso de casación pretenden confundir a las autoridades, con relación a la suscripción de compra venta de un bien inmueble que nada tiene que ver con este proceso, menos porque los demandados fueron negligentes y nunca pudieron probar idóneamente los hechos que alegan, pretendiendo sentirse afectados sin contar con ningún título de derecho propietario ni prueba del derecho que pretendían y aún pretenden obtener, fundamentos de casación que no forman parte del proceso, por lo que no corresponde manifestarse sobre los mismos
Expresó que los argumentos vertidos en el recurso de casación pretenden confundir a las autoridades, con relación a la suscripción de compra venta de un bien inmueble que nada tiene que ver con este proceso, menos porque los demandados fueron negligentes y nunca pudieron probar idóneamente los hechos que alegan, pretendiendo sentirse afectados sin contar con ningún título de derecho propietario ni prueba del derecho que pretendían y aún pretenden obtener, fundamentos de casación que no forman parte del proceso, por lo que no corresponde manifestarse sobre los mismos
- Patzi, Giovana Elizabeth Choque Limachi y otros
- Proceso: Reivindicación
- VISTOS: El recurso de casación de fs
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- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Conforme lo expuesto en el recurso de casación interpuesto por Enrrique Choque Flores, Tomaza Limachi
- DE LA RESPUESTA AL RECURSO DE CASACIÓN
- Juan Carlos Huanca Apaza contestó al recurso de casación de sus oponentes, en los siguientes
- Respecto a la reconvencional sobre prescripción adquisitiva, expresó que la misma fue declarada desistida, por
- Petitorio
- Solicitó se declare infundado el recurso y sea con la calificación de costos y costas
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- III.1. Respecto a la acción reivindicatoria
- El art
- En el Auto Supremo Nº 60/2014 de 11 de marzo, sostuvo que: “El art
- Conforme lo señalado podemos advertir que el art
- III.2. Sobre la publicidad de los Derechos Reales
- En ese orden de ideas, la norma contenida en el art
- De la variedad de principios propuestos por la literatura, conviene precisar nuestro análisis en aquellos
- A ello resulta adecuado añadir lo descrito por el “principio de legitimación registral”, que en
- Toda esta descripción, nos permite comprender, que sin duda lo preceptuado por el art
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Normativa que constituye el punto de partida del demandante y que consta a fs
- Corresponde precisar que este proceso versa sobre reivindicación, por ende no corresponde establecer si en
- Al efecto el Auto de Vista impugnado claramente dio respuesta en el punto 3
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- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina
