Auto Supremo AS/1131/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1131/2019

Fecha: 22-Oct-2019

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2. Resolución de primera instancia que fue apelada por los demandados a través del memorial de fs. 197 a 200 vta., mereciendo el pronunciamiento del Auto de Vista Nº S - 134/2019 de 02 de abril, cursante de fs. 215 a 217 vta., que REVOCÓ en parte la sentencia, declarando PROBADA en parte la demanda y en consecuencia dispuso la nulidad y declaró sin valor legal la Escritura Pública Nº 606/2012 de 28 de agosto relativa a la transferencia otorgada por Lucio Condori Quispe y Clemencia Castillo de Condori en favor de Santiago Condori Castillo, disponiendo la cancelación del asiento A-3 de la Matrícula Computarizada Nº 2.08.1.01.0027321, sin lugar a la nulidad de Escritura Pública Nº 322/2012 de 22 de mayo; y a la rehabilitación de la partida A-1; ni a la calificación de daños morales y materiales; asimismo declaró IMPROBADA la demanda de reconvencional, argumentando lo siguiente:
Indicó que el recurrente mal refiere que se hubo otorgado más allá de lo pedido, ya que la demanda hace alusión a las irregularidades entre la fecha de la expresión del consentimiento de Lucio Condori Quispe y la data de su deceso, siendo que para celebrar el acto jurídico reflejado en el Escritura Pública Nº 606/2012 fue a horas 17:10 y su deceso a horas 14:00 ambos del 28 de agosto de 2012, por lo que quedó claro que Lucio Condori Quispe no pudo haber expresado su consentimiento ante el notario