Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1138/2019
Fecha: 22-Oct-2019
Distrito: Santa Cruz
Distrito: Santa Cruz
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Partes: Adalid Padilla Alderete c/ Angélica Méndez Chávez, Oscar Yimi Alpire Ulloa, herederos y presuntos
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Proceso: Nulidad de contrato y otro
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Distrito: Santa Cruz
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Planteada la acción de nulidad de contrato y cancelación de inscripción en la oficina de
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Tramitado el proceso, el Juez Público N° 30 en lo Civil y Comercial de la
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Resolución de primera instancia que fue apelada por Adalid Padilla Alderete, a través del memorial
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CONSIDERANDO II
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En el fondo
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Por lo que solicitó que este Tribunal anule obrados o se case el Auto de
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Señaló que el Auto de Vista no vulneró ningún derecho del recurrente, en vista que
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Aludió que el demandante no demostró las causales de nulidad invocadas, en consecuencia, corresponde confirmar
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CONSIDERANDO III
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III.2. De la falta de fundamentación en las resoluciones judiciales
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El Auto Supremo N° 294/2018 de 26 de abril sobre la fundamentación de las resoluciones
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Sin embargo, como es lógico, la fundamentación de la resolución de alzada debe circunscribirse a
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CONSIDERANDO IV
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En relación con la acusación en la forma planteada por el recurrente, se tiene que
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Sobre la base de la acusación formulada cabe advertir que la Sala Segunda en lo
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Por lo mencionado, previamente cabe referir que el Auto de Vista deberá cumplir con los
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En conclusión, se advierte que el Tribunal de Alzada, a tiempo de emitir su resolución
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Por lo expuesto, en aplicación del art
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Póngase en conocimiento del Consejo de la Magistratura el presente Auto Supremo, en virtud del
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
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