Bajo ese entendido se tiene aclarado que dentro de este tipo de autos por su
Bajo ese entendido se tiene aclarado que dentro de este tipo de autos por su naturaleza no permite el planteamiento del recurso de casación y principalmente por constituirse en una regla general descrita en el art. 392 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, más aun si consideramos que, el objeto del recurso de casación es el rechazo de un incidente de nulidad, que fue resuelto mediante un auto interlocutorio en segunda instancia, que como ya se dijo no admite recurso de casación pues este medio de impugnación únicamente procederá contra Autos de Vista que resolvieren un Auto definitivo, Autos de Vista que resolvieren sentencias dictadas en procesos ordinarios
- Proceso: División y partición de bienes
- CONSIDERANDO I
- 2
- Cursando también el apersonamiento y la solicitud de nulidad de notificación con la resolución de
- En el marco de lo preceptuado en el art
- 1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- El caso presente trata de un Auto de Vista pronunciado en relación al recurso de
- CONSIDERANDO III
- Los medios de impugnación previstos en el Código Procesal Civil, responden a un sistema recursivo
- El art
- III.2. De las resoluciones que pueden ser objeto del recurso de casación
- Sobre el tema en cuestión, preliminarmente corresponde señalar que, si bien el principio de impugnación
- En ese entendido, el autor Armando Córdova Saavedra, en su obra “MANUAL PRÁCTICO DEL NUEVO
- A ese efecto el Auto Supremo N° 678/2017 de 19 de junio, en cuanto a
- En ese orden de ideas, se puede señalar que los autos interlocutorios simples son resoluciones
- En cambio, los autos interlocutorios definitivos de acuerdo a lo dispuesto por el art
- En el caso concreto el recurrente fue notificado con el Auto de Vista - Resolución
- Con base en dichas resoluciones, el recurrente demandado presentó su recurso de casación cursante de
- Aspecto que ocurre en el presente caso de autos, debido a que el Auto de
- En ese orden de ideas, en concordancia a la doctrina expuesta en el apartado III,
- Bajo ese entendido se tiene aclarado que dentro de este tipo de autos por su
- En mérito a lo examinado, por razón lógica y sentido común es innecesario considerar los
- De donde se concluye que de acuerdo al art
- Por los fundamentos precedentemente expuestos, corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
