Sobre el principio de congruencia, la Sentencia Constitucional (SC) 0486/2010-R de 5 de julio, establece
Sobre el principio de congruencia, la Sentencia Constitucional (SC) 0486/2010-R de 5 de julio, establece que: "El principio de congruencia, responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia; la Resolución de primera y/o segunda instancia, debe responder a la petición de las partes y de la expresión de agravios, constituyendo la pretensión jurídica de primera y/o segunda instancia…", razonamiento reiterado por el actual Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) a través de las Sentencias Constitucionales Plurinacionales (SCP) 0255/2014 y 0704/2014 y jurisprudencia contenida en el Auto Supremo (AS) Nº 25/2016 de 20 de enero
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- La Constitución Política del Estado, establece fundamentos laborales y de protección al trabajador; en ese
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- En consecuencia, de la revisión de antecedentes y análisis de los argumentos expuestos en el
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- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
