Siendo uno de los pilares que compone el núcleo del Derecho Laboral sustantivo, el principio
Siendo uno de los pilares que compone el núcleo del Derecho Laboral sustantivo, el principio protector, cuyo carácter general es la aplicación de la norma y/o situación más beneficiosa al trabajador. Bajo esa premisa, la conclusión lógica arriba al hecho de que el principio protector inherente al Derecho Sustantivo Laboral, comprende de modo cierto e inevitable al Derecho Adjetivo Laboral; no pudiendo entenderse una práctica procesal laboral, sino, desde una perspectiva tuitiva, pues un sentido contrario diluiría no solo los principios generales de la materia, sino, conformaría cauces contrarios a los fines que la propia Constitución señala y persigue
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Auto de Vista
- Los recursos de apelación interpuestos por ambas partes, fueron resueltos por la Sala Contenciosa y
- El Auto de Vista, motivó que la demandada formule recurso de casación en el fondo,
- Señala que después de abandonar el trabajo, sin explicación alguna, desapareció la ahora demandante, lo
- Manifiesta que el Tribunal no aplicó el principio de verdad material, reconocido en el art
- Concluye señalando que el abandono hace improcedente el pago de desahucio, que el pago de
- Petitorio
- En atención a estos argumentos pide, que el Tribunal Supremo de Justicia, case en parte
- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- La estructura y diseño normativo dispuesto por la Constitución Política del Estado (CPE), brinda especial
- Siendo uno de los pilares que compone el núcleo del Derecho Laboral sustantivo, el principio
- Del examen del recurso de casación, el Auto de Vista recurrido y de los antecedentes
- Siendo el argumento de la demandada la falta de valoración de la prueba de descargo,
- Respecto a las declaraciones testificales de descargo de fs
- Por lo desglosado, no es evidente lo argumentado por la recurrente respecto a la no
- Respecto a la forma de conclusión de la relación laboral, reclamada por la recurrente, en
- Entonces, al no haber desvirtuado la demandada el despido intempestivo de la demandante, encontrándose en
- Respecto al pago de la multa por incumplimiento en el plazo establecido, tanto el art
- Lo razonado líneas arriba, demuestra que no es evidente la falta de valoración de las
- POR TANTO
- Con Costas
- Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs1.000
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
