En el caso de análisis, el recurrente desconoce que hubiera existido una relación laboral entre
En el caso de análisis, el recurrente desconoce que hubiera existido una relación laboral entre su persona y el trabajador, al efecto denuncia que el Tribunal de alzada no hubiera valorado lo expresado por su parte, lo que por supuesto para este Tribunal de Casación no es suficiente que el recurrente en su debido momento haya negado la existencia de la relación laboral, sino que por imperio del principio de verdad material y el principio de inversión de la prueba, le correspondía al empleador la obligación procesal de aportar pruebas para demostrar la inexistencia de la relación laboral, puesto que los fundamentos de la demanda debían ser desvirtuados por el empleador, aspecto que no sucedió conforme se reconoce en la Sentencia de instancia, cuando se precisa que el demandado se limitó al momento de purgar la rebeldía a negar la relación laboral, pero no los desvirtuó de forma suficiente, al no haber acompañado ni producido ninguna prueba sobre dicho particular; aspecto que, ratifica el Tribunal de alzada, por lo cual se concluye que el Tribunal de alzada aplico de manera correcta el principio de inversión de la prueba, para determinar y confirmar la existencia de la relación laboral
- DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Tramitado el proceso laboral por el pago de beneficios sociales y otros derechos seguido por
- Auto de Vista
- Interpuesto el recurso de apelación cursante a fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, Herasmo Elmer Gutiérrez Flores interpone recurso de casación
- Interpuesto el recurso de casación en el fondo, se tienen los siguientes fundamentos
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- Por otra parte, indica que la solicitud realizada por su persona en fecha 29 de
- 6
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- El recurso de casación interpuesto, fue contestado por la parte demandante conforme cursa a fs
- Principio de inversión de la prueba en materia laboral
- La Constitución Política del Estado, establece fundamentos laborales y de protección al trabajador; en ese
- La inversión de la prueba en materia laboral goza -por así decirlo- de una presunción
- Por ello, este principio a fin de equilibrar la vulnerabilidad a la que está sujeto
- De la presunción de despido
- Este Tribunal considera que la faz práctica de toda presunción, se enfrasca en la consecuencia
- El art
- IV: ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
- En el análisis del caso, corresponde establecer si efectivamente los reclamos expuestos en el recurso
- En esa dinámica uno de los principios de Derecho Laboral que permite destruir esa asimetría
- En el caso de análisis, el recurrente desconoce que hubiera existido una relación laboral entre
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidente las infracciones denunciadas en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs1000
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
