Auto Supremo AS/0628/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0628/2019

Fecha: 14-Nov-2019

En el caso de análisis, el recurrente desconoce que hubiera existido una relación laboral entre

En el caso de análisis, el recurrente desconoce que hubiera existido una relación laboral entre su persona y el trabajador, al efecto denuncia que el Tribunal de alzada no hubiera valorado lo expresado por su parte, lo que por supuesto para este Tribunal de Casación no es suficiente que el recurrente en su debido momento haya negado la existencia de la relación laboral, sino que por imperio del principio de verdad material y el principio de inversión de la prueba, le correspondía al empleador la obligación procesal de aportar pruebas para demostrar la inexistencia de la relación laboral, puesto que los fundamentos de la demanda debían ser desvirtuados por el empleador, aspecto que no sucedió conforme se reconoce en la Sentencia de instancia, cuando se precisa que el demandado se limitó al momento de purgar la rebeldía a negar la relación laboral, pero no los desvirtuó de forma suficiente, al no haber acompañado ni producido ninguna prueba sobre dicho particular; aspecto que, ratifica el Tribunal de alzada, por lo cual se concluye que el Tribunal de alzada aplico de manera correcta el principio de inversión de la prueba, para determinar y confirmar la existencia de la relación laboral