POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 189 a 191. En consecuencia, mantiene firme y subsistente el Auto de Vista Nº 128/2018 de 31 de agosto cursante de fs. 182 a 185 vta. Con costas
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Interpuesta la demanda social de pago de beneficios sociales y tramitado el proceso, el Juez
- Auto de Vista
- En grado de apelación deducida por el demandado, a fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, el demandado, interpone recurso de casación en el
- El auto de vista recurrido incurrió en casación en el fondo, porque no consideró la
- Resolución en la que se procede a una violación e interpretación errónea de la ley,
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar
- Adicionalmente, se tiene la aplicación del art
- Si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un mismo
- En cuanto al error de hecho en la apreciación de las pruebas, cuando la resolución
- En ese contexto, corresponde aplicar el art
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- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
