Auto Supremo AS/0637/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0637/2019

Fecha: 14-Nov-2019

Con base a lo anotado, podemos establecer que, no obstante que la Ley Nº 321

Con base a lo anotado, podemos establecer que, no obstante que la Ley Nº 321 resulta ser más favorable a los trabajadores y trabajadoras municipales, ésta Ley no puede ser aplicada de manera retroactiva; por cuanto conforme lo establece el art. 123 de la CPE, esta retroactividad de la Ley especial debe estar autorizada de manera expresa en la norma, lo que no acontece en el caso de la Ley Nº 321 que al contrario, de manera expresa, determina que no tiene carácter retroactivo, rigiendo solo para lo venidero