“El parágrafo II del mismo articulado, dispone que el Estado debe garantizar el ejercicio y
“El parágrafo II del mismo articulado, dispone que el Estado debe garantizar el ejercicio y protección de los derechos al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones; precepto constitucional concordante con lo previsto por el art. 180.I del mismo cuerpo normativo, en cuyo texto refiere lo siguiente: “La jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales de gratuidad, publicidad, transparencia, oralidad, celeridad, probidad, honestidad, legalidad, eficacia, eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, debido proceso e igualdad de las partes ante el juez”; en consecuencia, la gratuidad, es entre otros requisitos, una de las exigencias esenciales de la administración de justicia”
- Demandado: Corporación Educativa Kanata SRL
- VISTOS: Los recursos de casación de fs
- II.- RECURSOS DE CASACIÓN Y ADMISIÓN PARCIAL
- En ese contexto, el Tribunal revisará las actuaciones procesales que llegan a su conocimiento, con
- “De lo preceptuado por el art
- “El parágrafo II del mismo articulado, dispone que el Estado debe garantizar el ejercicio y
- “(…)en consecuencia, a efectos de uniformar el entendimiento del Tribunal Constitucional Plurinacional con los principios
- “En esa medida, esta Sala advierte que se ha quebrantado el derecho al debido proceso,
- “En ese orden, en la ratio decidendi quedó materializada la modulación aludida precedentemente, de la
- “Modulación que implica una progresividad en la aplicación del principio de gratuidad consagrado en la
- En base a la doctrina y jurisprudencia aplicable al caso, revisando de oficio el proceso,
- Sin embargo, después de consignarse la nota de provisión de recaudos por parte de la
- Finalmente, mediante Auto de 16 de enero de 2019, argumentando que existiese informe verbal de
- Consiguientemente, esta determinación de ejecutoria del Auto de Vista recurrido, respecto de la actora, no
- Por consiguiente, al ser contraria esa determinación judicial, a la indicada jurisprudencia, se establece que
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
