Presentado el proceso de pago
Presentado el proceso de pago de sueldos por Eulogia Salazar Canizares, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social y Sentencia Penal 1° de Montero del Departamento de Santa Cruz, emitió la Sentencia N° 76/2016 de 25 de agosto, cursante de fs. 247 a 253, que falla declarando PROBADA la demanda con costas, por haberse probado la existencia de la relación laboral como empleada doméstica y cuidadora de enferma, desde el inicio el 15 de septiembre de 2009 hasta el 15 de junio de 2015, haciendo un total de 5 años y 9 meses, bajo la modalidad de contrato verbal de trabajo, percibiendo un salario promedio mensual de Bs. 1.656, con ruptura de vínculo laboral voluntario. Por lo que ordena a Agapita Almaraz de Lozada el pago de Bs.196.263,60, más actualización y reajustes dispuestos por el art. 9 del DS N° 28699, por los conceptos de indemnización, sueldos devengados, aguinaldo y aguinaldo esfuerzo por Bolivia
- CONSIDERANDO I
- I.1. Sentencia
- Presentado el proceso de pago
- Sueldos devengados 5 años y 9 meses
- Aguinaldo esfuerzo por Bolivia 2013
- Auto de Vista
- I.3. Motivos del recurso de casación
- Dentro el plazo previsto por ley, la demandante interpuso recurso de casación, contra el referido
- Cita como jurisprudencia en materia laboral referida a los elementos que deben conformar una resolución,
- RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA
- Respecto a las características de una relación laboral, cita el Auto Supremo N° “0012018” de
- Finalmente, bajo el epígrafe “FUNDAMENTO JURÍDICO”, hace cita de los arts
- CONSIDERANDO II
- Estando plenamente vigente el CPT, se asume que las normas supletorias, en el actual contexto
- Sobre el recurso de casación en el fondo
- Si bien mediante el escrito de fs
- Por otra parte, la recurrente afirma en su recurso que no tenía ninguna relación amorosa,
- Estas afirmaciones dan cuenta de una relación alejada del ámbito laboral, puesto que el hecho
- Circunstancia estas que bajo el principio de verdad material y supremacía de la realidad corroboran
- Sobre el recurso de casación en la forma
- El recurso de casación en la forma o recurso de nulidad propiamente dicho, está dirigido
- En lo particular refiereTribunal de alzada, no estableció bajo que normativa revocó totalmente la sentencia
- Al respecto tales argumentos direccionan a que la resolución no estuvo debidamente fundamenta, en tal
- Finalmente se debe precisar que la recurrente persigue una nueva valoración y compulsa de las
- Por lo referido, se evidencia que el Auto de Vista se ajusta a derecho, no
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
