Por lo referido, se evidencia que el Auto de Vista se ajusta a derecho, no
Por lo referido, se evidencia que el Auto de Vista se ajusta a derecho, no siendo evidente lo alegado en el Recurso de Casación planteado; por lo que corresponde resolver en el marco del art. 220-II del CPC-2013, por permisión del art. 252 del CPT
- CONSIDERANDO I
- I.1. Sentencia
- Presentado el proceso de pago
- Sueldos devengados 5 años y 9 meses
- Aguinaldo esfuerzo por Bolivia 2013
- Auto de Vista
- I.3. Motivos del recurso de casación
- Dentro el plazo previsto por ley, la demandante interpuso recurso de casación, contra el referido
- Cita como jurisprudencia en materia laboral referida a los elementos que deben conformar una resolución,
- RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA
- Respecto a las características de una relación laboral, cita el Auto Supremo N° “0012018” de
- Finalmente, bajo el epígrafe “FUNDAMENTO JURÍDICO”, hace cita de los arts
- CONSIDERANDO II
- Estando plenamente vigente el CPT, se asume que las normas supletorias, en el actual contexto
- Sobre el recurso de casación en el fondo
- Si bien mediante el escrito de fs
- Por otra parte, la recurrente afirma en su recurso que no tenía ninguna relación amorosa,
- Estas afirmaciones dan cuenta de una relación alejada del ámbito laboral, puesto que el hecho
- Circunstancia estas que bajo el principio de verdad material y supremacía de la realidad corroboran
- Sobre el recurso de casación en la forma
- El recurso de casación en la forma o recurso de nulidad propiamente dicho, está dirigido
- En lo particular refiereTribunal de alzada, no estableció bajo que normativa revocó totalmente la sentencia
- Al respecto tales argumentos direccionan a que la resolución no estuvo debidamente fundamenta, en tal
- Finalmente se debe precisar que la recurrente persigue una nueva valoración y compulsa de las
- Por lo referido, se evidencia que el Auto de Vista se ajusta a derecho, no
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
