Auto Supremo AS/0741/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0741/2019

Fecha: 29-Nov-2019

Debemos empezar señalando que, el derecho al trabajo se encuentra reconocido constitucionalmente en los arts

Debemos empezar señalando que, el derecho al trabajo se encuentra reconocido constitucionalmente en los arts. 46 y 48.II y III de la CPE estableciendo que toda persona tiene derecho a un trabajo digno, a un salario o remuneración justa, equitativa y satisfactoria; asimismo, reconoce que las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y trabajadores y que los beneficios sociales reconocidos a favor de los mismos no pueden renunciarse