Regístrese, notifíquese y devuélvase.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el art. 184.1 de la CPE y 42.I numeral 1 de la Ley de Organización Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 84 a 87 vta., interpuesto por Mario Enrique Kisen Cassal, contra el Auto de Vista N° 19/2019 de 28 de enero, emitido por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Tarija. Con costas.
Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
- Sentencia
- Tramitado el proceso por pago de beneficios sociales, la Jueza de Partido de Trabajo y
- Bono de Antigüedad 08/10, 18m 5% S.M.N
- Argumentos del recurso de casación
- El recurrente fundamenta su recurso, manifestando lo siguiente
- 2
- 5
- Petitorio
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS LEGALES Y DOCTRINALES APLICADOS AL CASO CONCRETO
- De forma previa es importante precisar que el recurso de casación de análisis, carece absolutamente
- Con las aclaraciones realizadas y pese a las deficiencias manifiestas, en aplicación del parágrafo I
- 1
- Bajo ese contexto, el recurrente pretende rebatir lo establecido tanto en la sentencia como en
- Debemos empezar señalando que, el derecho al trabajo se encuentra reconocido constitucionalmente en los arts
- Por otro lado, conforme lo establecido por el art
- Es en ese sentido que, la dirección en las labores a realizarse instruidas por parte
- Asimismo, debe tenerse en cuenta que todo trabajo es una prestación a favor de otro,
- Todos esos elementos, es decir, el contrato privado de presentación de servicios profesionales, la remuneración
- Bajo esos parámetros, se concluye que el demandante prestó sus servicios en la discoteca Bunker,
- En consecuencia, el Tribunal de alzada de manera acertada, confirmó la determinación de la jueza
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
