Argumenta que, de la revisión de obrados de fs
Argumenta que, de la revisión de obrados de fs. 402 vta., 403, 407 y 407 vta., se pudo evidenciar que se impugnó parte de la resolución judicial, (Auto de fecha 18 de mayo de 2016 de fs. 393 y vta.,) a través de memorial de fs. 402 vta., por lo que el recurso de apelación, fue admitida o aceptada su interposición en el efecto diferido, pues de la revisión se advierte que en la apelación el fundamento fue realizado en el efecto diferido, pero el tribunal de alzada sin ninguna motivación o fundamentación legal, en el Auto de Vista apelado confirmó una providencia que no fue apelada en el punto II de fs. 422 a 433, adhiriéndose al mismo criterio que la Juez de primera instancia, por lo que se están violando los preceptos constitucionales y legales, así estipulan los arts. 108 y 180 de la Constitución Política del Estado, art. 15 de la Ley N° 25 del Órgano Judicial, art. 1ro de Código de Procedimiento Civil y arts. 1 y 4 del mismo código, preceptos aplicables de acuerdo al art. 252 del Código Procesal del Trabajo, demostrando que de acuerdo a estos preceptos la Juez de primera instancia como el tribunal de alzada no cumplieron con lo dispuesto en las normas anteriormente descritas, siendo así que los mencionados preceptos constitucionales y legales están siendo violados y vulnerados por ambas instancias, siendo que las dos resoluciones resultan siendo injustas, indebidas e ilegales, causando así agravios y perjuicios, siendo que estos deben ser advertidos y conllevando a anular el falo de segunda instancia o bien a casar los autos confutados
- I. 1. Antecedentes del proceso
- Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo,
- I.1.2 Auto de Vista
- En grado de apelación deducida por Janneth Narcisa Cáceres Michel, de fs
- II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- En la forma
- De la misma manera, el tribunal de alzada no ha considerado ninguno de los términos,
- En el fondo
- Violación de todos y cada uno de los preceptos constitucionales y legales a ser citados
- Argumenta que, de la revisión de obrados de fs
- De la revisión de todo el expediente, se concluye que, a existido error de hecho
- Por lo tanto, están vulnerándose garantías constitucionales como al debido proceso, a la seguridad jurídica,
- Por los argumentos y fundamentos desarrollados, interpone recurso de casación en la forma y en
- III.1. - Fundamentos jurídicos del fallo
- Que, planteado el recurso de casación, e ingresando a su análisis en relación a los
- Con respecto al reclamo de la parte recurrente, donde el auto de vista confirmó una
- Por lo que, como consecuencia y en virtud a los fundamentos expuestos anteriormente, se determina
- En cuanto al recurso de casación en el fondo, donde la parte recurrente cuestiona el
- Al advertirse que tanto el juez Ad quo como el tribunal de alzada, al haber
- Que, en ese marco legal, se concluye, que el auto de vista impugnado, se ajusta
- Con Costas
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Eguëz Añez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
