Auto Supremo AS/0777/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0777/2019

Fecha: 29-Nov-2019

En tal situación, mediante Resolución Nº 003065 de 9 de abril

En tal situación, mediante Resolución Nº 003065 de 9 de abril de 2009, la Comisión de Calificación de Rentas dispuso fusionar las rentas de viudedad del sector municipalidades (IVM) y la del sector comibol (RP), en aplicación del art. 63 del MPRCPA, aprobado por Resolución Suprema Nº 10.0.0.087/97 de 21 de julio de 1997 y Resolución Administrativa Nº 610.08 de 18 de septiembre de 2008, disponiendo se procese una sola boleta de pago a favor de la derechohabiente en el sector comibol, como renta por riesgo profesional con matrícula 395519 BAA en la suma de Bs. 1.575,21, sin considerar la recuperación lo los cobros indebidos en aplicación del art. 477 del Reglamento del Código de Seguridad Social. De ese total Bs. 488,23 serían cubiertos por la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP), mientras que Bs. 1.086,98 por el Tesoro General de la Nación (TGN), incorporándose a la transacción ADICION IVM por la suma de Bs. 438,13