Luego de una relación acerca de las normas en las que
Luego de una relación acerca de las normas en las que se sustenta la procedencia del recurso de casación, Asunta Bernal Achacayo Vda. de Carita, beneficiaria de Juan Carita Calderón, señaló lo siguiente:
Alegó que el auto de vista recurrido transgredió los principios más elementales del seguro social como es el de integralidad incurso en el art. 45 de la Constitución Política del Estado. Refirió que las prestaciones sociales para ser efectivas, según Kant, deben ser suficientes, oportunas y completas, en su caso ya pasaron más de 10 años de la suspensión de su renta sin que puedan dan curso a su petición
Alegó que el auto de vista recurrido transgredió los principios más elementales del seguro social como es el de integralidad incurso en el art. 45 de la Constitución Política del Estado. Refirió que las prestaciones sociales para ser efectivas, según Kant, deben ser suficientes, oportunas y completas, en su caso ya pasaron más de 10 años de la suspensión de su renta sin que puedan dan curso a su petición
- I
- Mediante Resolución Nº 3065 de 9 de abril de 2009 cursante
- I.1.2. Resolución de la Comisión de Reclamación
- Ante esta circunstancia, la Comisión de Reclamación, emitió la Resolución 034/10
- En grado de apelación interpuesto por la demandante cursante de fs
- II.- FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Luego de una relación acerca de las normas en las que
- Asimismo, acusó la errónea aplicación del art
- II.2.- Petitorio
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Del estudio del recurso interpuesto, se evidencia que el mismo adolece
- En tal situación, mediante Resolución Nº 003065 de 9 de abril
- A efectos de resolver la problemática, corresponde citar lo establecido por
- En tal sentido, una vez determinada la fusión de las rentas,
- Considerando los fundamentos precedentes, se establece que el Tribunal de Alzada,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de
- Con costas en aplicación del art. 223.V.2 del CPC
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
