Plantea que contrario a lo señalado en el Auto Supremo 770/2017-RRC, explicando que éste último
II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
La entidad recurrente considera que su derecho al debido proceso postulado en los arts. 115 parág. II, 117 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE) debía ser debidamente protegido por las autoridades más cuando su intervención en el proceso posee una atribución enteramente legal.
Plantea que contrario a lo señalado en el Auto Supremo 770/2017-RRC, explicando que éste último exige a los tribunales emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente, que implica el deber jurídico de explicar y justificar de forma lógica y con base en la Ley, las razones de la decisión asumida en el marco del principio de congruencia, el Auto de Vista 47, estableció una fundamentación subjetiva basada en supuesta ausencia de agravios sin haber considerado los siguientes aspectos:
1.1 La sentencia, no tuvo en cuenta “las causales de inadmisibilidad…referidos por el artículo 373 parágrafo II del código de procedimiento penal, tal el caso de no percatarse de que dicho procedimiento no mejora una averiguación de la verdad histórica de los hechos concerniente a los demás coacusados” (sic)
- Por memorial presentado el 26 de agosto de 2019, de fs
- Dictado el Fallo, habiendo las partes renunciado al plazo de impugnación, la defensa invocando el
- El 19 de agosto de 2019, como informa diligencia sentada a fs
- Plantea que contrario a lo señalado en el Auto Supremo 770/2017-RRC, explicando que éste último
- 1
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- En el caso en examen, se establece que la entidad recurrente cumplió con el requisito
- La entidad recurrente señala que el Auto de Vista impugnado, contradijo la doctrina legal de
- Teniendo en cuenta que el Código de Procedimiento Penal, posee equilibrio entre la observancia de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
