- Por memorial presentado el 26 de agosto de 2019, de fs
- Dictado el Fallo, habiendo las partes renunciado al plazo de impugnación, la defensa invocando el
- El 19 de agosto de 2019, como informa diligencia sentada a fs
- Plantea que contrario a lo señalado en el Auto Supremo 770/2017-RRC, explicando que éste último
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- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- En el caso en examen, se establece que la entidad recurrente cumplió con el requisito
- La entidad recurrente señala que el Auto de Vista impugnado, contradijo la doctrina legal de
- Teniendo en cuenta que el Código de Procedimiento Penal, posee equilibrio entre la observancia de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
