VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 378 a 383 vta., presentado por Cesar Eduardo Salinas Escalante y Daniel Alfredo Salinas Escalante, impugnando el Auto de Vista Nº 48/2019 de 20 de marzo pronunciado por la Sala Civil y Comercial, Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro cursante de fs. 365 a 371 vta., en el proceso de nulidad de documentos interpuesto por Ana Luisa Gardilcic Argandoña de Araujo contra los recurrentes, la contestación cursante de fs. 389 a 393, Auto de concesión de 28 de octubre de 2019 a fs. 399; todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Fernando Isaac Salinas Gardilcic en representación legal de Ana Luisa Gardilcic Argandoña de Araujo por memorial cursante de fs. 36 a 40, subsanados de fs. 43 a 46 vta., fs. 48 y vta., y fs. 51 y vta., interpuso demanda de nulidad de minuta su consiguiente escritura pública y cancelación de registro en Derechos Reales, misma que una vez instalada la audiencia preliminar concluyó en primera instancia con Auto definitivo de 29 de marzo de 2017, cursante de fs. 233 a 236 vta., emitido por el Juez Público Civil y Comercial Tercero de la ciudad de Oruro, que declaró IMPROBADA la excepción previa de falta de legitimación y a su vez dispuso PROBADAS las excepciones previas de impersonería, demanda defectuosamente propuesta y prescripción, opuesta por los demandados, con las disposiciones descritas en dicha resolución
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Fernando Isaac Salinas Gardilcic en representación legal de Ana Luisa Gardilcic Argandoña de Araujo por memorial cursante de fs. 36 a 40, subsanados de fs. 43 a 46 vta., fs. 48 y vta., y fs. 51 y vta., interpuso demanda de nulidad de minuta su consiguiente escritura pública y cancelación de registro en Derechos Reales, misma que una vez instalada la audiencia preliminar concluyó en primera instancia con Auto definitivo de 29 de marzo de 2017, cursante de fs. 233 a 236 vta., emitido por el Juez Público Civil y Comercial Tercero de la ciudad de Oruro, que declaró IMPROBADA la excepción previa de falta de legitimación y a su vez dispuso PROBADAS las excepciones previas de impersonería, demanda defectuosamente propuesta y prescripción, opuesta por los demandados, con las disposiciones descritas en dicha resolución
- Proceso: Nulidad de documentos
- Distrito: Oruro
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
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- 1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- De la revisión del recurso de casación de fs
- d)Refirieron vulneración al principio de verdad material, puesto que las pruebas adjuntadas por los recurrentes
- e)Acusaron infracción vulneración al principio de seguridad jurídica, pues no se consideró el hecho de
- Así planteados los agravios por la entidad recurrente, se concluye que; en la forma, ha
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
