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    Auto Supremo AS/1200/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1200/2019

    Fecha: 25-Nov-2019

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    • Partes: Daniel Luna Layme c/ Susana Moya Aruquipa
    • CONSIDERANDO I
    • De la impugnación deducida por la recurrente, se extrae lo siguiente
    • 2
    • 3
    • 4
    • 5
    • Solicita se case el Auto de Vista
    • Respuesta de Daniel Luna Layme
    • 1
    • 6
    • 7
    • Solicita se confirme el Auto de Vista y la sentencia
    • III.1. De la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
    • El Tribunal Constitucional Plurinacional ha glosado amplia jurisprudencia en torno a la fundamentación y motivación
    • Dicho de otra forma, toda autoridad que dicte una resolución, debe imprescindiblemente exponer los hechos,
    • III.2. Del régimen de la comunidad ganancial en el matrimonio
    • El matrimonio es una institución antigua que a través del tiempo se fue desarrollando y
    • El Código de las Familias y del Proceso Familiar Ley Nº 603, en el art
    • El régimen de la comunidad de gananciales está compuesto por los bienes propios con los
    • La determinación de los bienes propios y comunes –según manifestamos- se encuentra claramente descrito y
    • La forma común de conclusión de la comunidad ganancial es por disolución del vínculo conyugal
    • El Auto Supremo Nº 495/2017 de 15 de mayo indica: “Principio de preclusión
    • Principios y disposiciones legales marcan el límite de la actuación de los Jueces vocales y
    • De la misma forma el Auto Supremo Nº 227/2006 de 12 de octubre orienta: “Al
    • III.4. De la valoración de la prueba
    • El Auto Supremo Nº 217/2018 de 04 de abril ilustra: “Sobre este tema el autor
    • En ese orden de ideas, el autor Víctor De Santo, en su obra “LA PRUEBA
    • Finalmente, el Auto Supremo N° 240/2015, señala: “…respecto a la valoración de la prueba, resulta
    • Entonces, de todo lo dicho hasta ahora se puede concluir que estos principios que rigen
    • CONSIDERANDO IV
    • Del estudio del recurso de casación interpuesto por Susana Moya Aruquipa se tiene, que los
    • Para tener un panorama claro de la argumentación jurídica a desplegarse y que esta sea
    • Producida la prueba por ambas partes, la Juez A quo dictó sentencia declarando probada la
    • Según la norma jurídica, doctrina y jurisprudencia aplicable al caso razonamos, el art
    • En el Acápite 2 del considerando II la impugnante expone que el demandante en audiencia
    • La recurrente en el apartado 4 del considerando II aduce, que la Juez A quo
    • Debemos orientar que el principio de preclusión también denominado principio de eventualidad, es la pérdida
    • Podemos advertir que la recurrente mediante memorial de fs
    • En audiencia de inspección ocular cuya acta cursa de fs
    • En atención al argumento expuesto, corresponde fallar conforme el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.

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