Auto Supremo AS/1200/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1200/2019

Fecha: 25-Nov-2019

En atención al argumento expuesto, corresponde fallar conforme el art

Finalmente el acápite 5 del considerando II es un reclamo nuevo traído –recién- en el recurso de casación interpuesto por la demandada, para mejor entender, en el recurso de apelación de fs. 225 a 229 la recurrente no expuso en calidad de agravio lo argumentado en el punto indicado, el principio procesal de “per saltum” es una locución latina que significa pasar por alto las formas regulares de impugnación de las resoluciones judiciales, orienta a las partes al momento de recurrir en casación, observar que sus reclamos fueron previamente expuestos ante el tribunal de alzada para ser resueltos conforme la doble instancia, a mejor entender, el recurrente en casación, no puede argumentar transgresiones diferentes a las expuestas en el recurso de apelación y que fueron respondidas por el Tribunal Ad quem; atendiendo ello, -repetimos- el reclamo contenido en el acápite 5 del considerando II de la presente resolución, no puede ser respondido por este Tribunal por no guardar la verticalidad recursiva necesaria.
En atención al argumento expuesto, corresponde fallar conforme el art. 401.I inc. b) del Código de las Familias y del Proceso Familiar Ley Nº 603