Gabriel María Maceda contesta a la demanda de forma negativa y plantea demanda reconvencional de
Luis Roberto Morales Velásquez y Esther Morales Velásquez, plantean demanda de nulidad de contrato de anticresis y pago de daños y perjuicios contra Gabriela María Maceda, expresando que en la búsqueda de un anticrítico para vivir encontró un garzonier donde le ofrecían dos habitaciones con cocina y baño ubicado en la planta baja del inmueble sito en la calle Diaz Romero Nº 1580 en la zona Miraflores de la ciudad de La Paz por el monto de 15.000 $us., por lo que procedieron a firmar el contrato el 09 de junio de 2015, habiendo adelantado el dinero, pero los ambientes recién les entregarían en el plazo de 15 días al encontrarse aun en estado de obra gruesa, sin embargo habiendo transcurrido el plazo fijado en el contrato no les otorgaron los ambientes, empero ante la insistencia del propietario del lugar donde anteriormente vivían para devolver la casa solicitaron a la demandada que les facilitara las habitaciones para vivienda, permitiéndole utilizar simplemente una de ellas para dejar sus cosas, habiendo transcurrido el tiempo sin que hasta la actualidad le hayan entregado los ambientes otorgados en anticresis, ni siquiera las llaves del inmueble o de las habitaciones donde dejaron las cosas, antes tales fundamentos plantea la nulidad del contrato de anticresis. Además del pago de daños y perjuicios que la sustenta en que la demandada ha usufructuado los $us. 15.000, privándoles incluso de usar sus pertenencias.
Gabriel María Maceda contesta a la demanda de forma negativa y plantea demanda reconvencional de pago de daños y perjuicios, manifestando que le causaron un perjuicio y daño a su patrimonio al no permitirle pueda disponer de esas habitaciones, pudiendo haberlas alquilado en la suma de 200 $us., cada mes habiendo transcurrido 28 meses de alquiler, haciendo un total de 5600 $us., que deberán cancelar a su persona
Gabriel María Maceda contesta a la demanda de forma negativa y plantea demanda reconvencional de pago de daños y perjuicios, manifestando que le causaron un perjuicio y daño a su patrimonio al no permitirle pueda disponer de esas habitaciones, pudiendo haberlas alquilado en la suma de 200 $us., cada mes habiendo transcurrido 28 meses de alquiler, haciendo un total de 5600 $us., que deberán cancelar a su persona
- Proceso: Nulidad de contrato y otros
- 2
- CONSIDERANDO II
- Contestación al recurso de casación
- El recurso de casación no cumple con lo determinado en el art
- CONSIDERANDO III
- III.2. En cuanto a los alcances de la responsabilidad civil
- El art
- Conforme al criterio expresado por Carlos Morales Guillén en su Obra “Código Civil Concordado y
- Por otra parte, dentro del campo de las obligaciones, para atribuir responsabilidad civil, ya sea
- Con relación al tema en cuestión, se asume la doctrina desarrollada por el tratadista Jorge
- Conforme a la posición asumida por el citado autor, en el segundo presupuesto descrito precedentemente,
- En cambio, el elemento culpa, en el lenguaje jurídico alude a un comportamiento del agente,
- Los dos elementos descritos se constituyen en fundamentales para atribuir la responsabilidad, habida cuenta que
- En cuanto al daño sufrido que viene a ser el tercer presupuesto de la responsabilidad
- El último presupuesto de la responsabilidad viene a constituir la relación de causalidad entre
- En la comisión del hecho, de ordinario integran un conjunto de acontecimientos que actúan como
- Aun de establecerse que un determinado hecho deba aceptarse como causa de tal efecto dañoso,
- III.3. Del principio de razonabilidad
- En cuanto a la aplicación del referido principio, la SCP 0617/2015-S1 de fecha 15 de
- De la jurisprudencia extractada se puede advertir que a la luz del nuevo Modelo Constitucional,
- CONSIDERANDO IV
- Con carácter previo corresponde precisar, que este Máximo Tribunal de Justicia Ordinaria a través de
- Bajo la citada premisa en el sub judice el recurrente observa la falta de apreciación
- No obstante simplemente a manera de aclaración debemos precisar que la motivación de las resoluciones
- El problema jurídico desde el punto de vista de la pretensión reconvencional es uno de
- Gabriel María Maceda contesta a la demanda de forma negativa y plantea demanda reconvencional de
- Teniendo en claro los antecedentes corresponde fundamentar la base jurídica que ha solventar la presente
- Los citados presupuestos y compartiendo con el criterio vertido por los jueces de instancia son
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Con costas y costos, se regular honorario profesional en la suma de Bs. 1.000
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu
