Auto Supremo AS/0713/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0713/2019

Fecha: 02-Dic-2019

Al respecto, debe entenderse que la incompetencia ya se encuentra resuelta por el trámite de


Al respecto, debe entenderse que la incompetencia ya se encuentra resuelta por el trámite de la excepción opuesta que concluyó con el Auto Supremo N° 100/2017 de 16 de mayo desestimándola, no correspondiendo realizar mayor análisis; por ello la empresa demandada no puede pretender generar vicios o vacíos legales sobre aspectos resueltos; sin embargo, debe entenderse que son situaciones diferentes, la competencia del Juez aquo para conocer el proceso y la existencia o no de la relación laboral, siendo que este último punto sí fue resuelto por la Sentencia de primer grado y por el Auto de Vista ahora impugnado, conforme se establece al determinar la existencia de derechos y beneficios sociales en favor del demandante, esta revisión se encuentra específicamente en el punto II.2 núm. 4 del Auto de Vista impugnado, por lo que no existe omisión alguna sobre pronunciamiento de este punto y se establece que al respecto no existe causal de nulidad