Auto Supremo AS/0744/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0744/2019

Fecha: 02-Dic-2019

Respecto al pago de vacaciones, aguinaldo y sueldos devengados, el recurso de casación no realiza

El contenido del recurso de casación establece que el recurrente reclama el no pago del desahucio y de la indemnización por no encontrarse reconocidos estos derechos para funcionarios municipales; sin embargo, de la lectura del Auto de Vista impugnado, se establece que dispone el pago de la vacación, el aguinaldo y sueldos devengados de los demandados, que son derechos adquiridos y consolidados, estableciendo la resolución impugnada que el pago de desahucio indemnización por el tiempo de servicio, no corresponden a los demandantes por encontrarse dentro el marco de la Ley N° 2028, por lo que las afirmaciones del recurso de casación no corresponden a la realidad de lo determinado en el Auto de Vista impugnado.
Respecto al pago de vacaciones, aguinaldo y sueldos devengados, el recurso de casación no realiza fundamentación alguna y no establece los motivos por los que cree que no corresponderían y tampoco identifican la normativa legal violada o infringida por el Tribunal de Alzada; Asimismo, se debe considerar que la determinación de pago de vacaciones, aguinaldo y sueldos devengados se estableció en la Sentencia N° 28 de 19 de enero de 2004, sin que estos hubiesen sido objeto impugnación en la apelación, la que centra su argumentación en la improcedencia del pago de desahucio e indemnización, sin referir en ninguna forma la existencia de un pronunciamiento ultra petita, extremo que ha sido expuesto recién en la casación, habiéndose operado la caducidad prevista en los arts. 3-g) y 57 del CPT